Debeis saber que esta nueva normativa fija que los vehículos largos y pesados dedicados al transporte de mercancias matriculados a partir del 10 de julio de 2011 deberán llevar un distintivo reflectante homologado del contorno del vehículo, con el objetivo de ayudar al resto de conductores a identificarlos, permitiéndoles adecuar su conducción a las circustancias. Para los vehículos de transporte pesado matriculados con anterioridad, la instalación de este distintivo será voluntaria.
Por otro lado, esta nueva señal será obligatoria para vehículos de anchura superior a los 2,10 metros y longitud superior a 6 metros, de entre los que se encuentran las siguientes categorías: vehículos de motor con al menos cuatro ruedas dedicados al transporte de mercancias cuya masa máxima sea superior a 7,5 toneladas, con excepción de los chasis, cabinas, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques. De igual modo es obligatoria para remolques y semirremolques cuya masa máxima sea superior a las 3,5 toneladas.
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