jueves, 6 de enero de 2011

Reductores de velocidad: Puedes reclamar responsabilidades

Ha finalizado el año 2010 y todavía existen muchos reductores de velocidad que no se acogen a la normativa ministerial de Fomento. Una vez finalizado el plazo fijado a finales de octubre del año pasado para que las administraciones rectifiquen o adecuen estos elementos ubicados en la calzada, debeis saber que son muchos los badenes que actualmente siguen sin cumplir con la normativa, pero ahora podeis pedir responsabilidades por los daños que pueda sufrir vuestro vehículo.


Aunque estos reguladores de velocidad están regulados por ley y teóricamente no pudiendo ser lesivos para los coches, actualmente muchos de ellos son unos destroza coches, y son capaces de causar muchos daños si no están bien construídos, especialmente en los amortiguadores.

Para evitar estos destrozos hay que pasar el badén a la velocidad permitida con las cuatro ruedas, si aún así vuestro vehículo sufre daños al atravesarlo, podreis reclamar por responsabilidad patrimonial a la administración. Son varias las organizaciones de consumidores que afirman que éste es un derecho que está recogido en la Constitución española y es exigible, ya que los reductores de velocidad son considerados en todo momento un servicio público.

Si por alguna desafortunada circustancia tuvierais un accidente, no abandoneis bajo ninguna circustancia el lugar de los hechos e intentar recoger todas las pruebas que os sea posible como algunos testigos oculares, atestado de la policia, fotografías que podais hacer con vuestro móvil, si necesitais alguna grua pedir el parte de este servicio.

Para poder solicitar los daños que ha sufrido vuestro vehículo, siempre hay que presentar una reclamación por vía administrativa ante el titular de la vía (ayuntamiento, diputación, etc) y así poder reclamar los daños del coche que sean cuantificables económicamente. Existe un periodo de un año para interponer cualquier denuncia de este tipo.





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