viernes, 31 de diciembre de 2010

Balance general sobre límites de velocidad

Ahora que finaliza el año es un buen momento para recalcar cuales son las nuevas normas que han entrado en vigor durante el 2010 en cuanto a los límites de velocidad. 


Nada más lejos de la realidad y desde el 1 de enero de este mismo año, el nuevo reglamento sancionador de tráfico aprobado a finales de 2009 decidía eliminar el margen del diez por ciento digamos de cortesia que disponían los conductores para no ser multados si excedían de los 120 km/h, a partir de entonces el sobrepasar un sólo kilómetro de más tiene su respectiva sanción, por ese mismo motivo hemos querido añadir la imagen del velocímetro para que podais ver que esa pequeña diferencia en la velocidad nos puede acarrear severos problemas.

Ante esta postura, mucha gente en su día levantó denuncias en su contra, y una de tantas organizaciones que se unieron a esta denuncia es la del club de automovilistas CEA, quien en todo momento apuesta más por que haya más presencia de autoridad en las carreteras para que no se infrinjan las normas a que simplemente se multe a los conductores implantando ciertas tecnologías por las vias de circulación.

La propia DGT una vez implantada esta ley, aseguró que seguiría aplicando el margen de error que hasta entonces gozaban todos los conductores, y hay que agradecerles este gesto ya que por ley tenían que aplicarlo de forma inmediata, aunque la propia DGT una vez aporbada esta ley podía cambiar de criterio en cualquier momento y sin la necesidad de previo aviso alguno, cambió este criterio dando tiempo a los conductores para que se acoplaran a las nuevas circustancias.

Hay que agradecer a la DGT este gesto ya que cualquier nueva implantación de leyes siempre conlleva un tiempo de adaptación y muchos conductores siempre agradecerán este gesto porque cuando se aprueban nuevas leyes de carácter inmediato mucha gente por las circustancias que sean no disponen de la información de este tipo de nuevas acciones. 

Por otro lado, esta nueva normativa incrementó el coste de muchas sanciones, ya que antes de la aprobación de esta ley si se sobrepasava la velocidad en más de un 50 por ciento se multaba con 520 euros, y a partir de entonces esa sanción ascendía a los 600 euros.

Otros datos de interés que se aplicaron en esta nueva normativa, podrían ser por ejemplo el hecho de no quitar puntos del carnet por actuaciones que hasta entonces si que se quitaban como por ejemplo: 

* Conducir de forma negligente

* Circular por autopistas o autovías con vehículos que tienen prohibida la entrada a esas vías.

* Parar o estacionar en los carriles destinados al transporte público.

* Circular sin alumbrado si es obligatorio como por ejemplo en túneles, de noche, etc.






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