martes, 12 de abril de 2016

Un juez reduce las multas por velocidad por no aplicar el margen de error

Un juez de Vigo ha rebajado las sanciones impuestas a varios conductores, ya que considera que no hay indicios de haber aplicado el margen de error correspondiente. El juzgado de Vigo ha revisado y modificado las multas por velocidad excesiva impuestas por la DGT a varios conductores. Según el magistrado Antonio Martínez, la Dirección General de Tráfico informa en su reglamento que la velocidad real medida por el cinemómetro queda reflejada en la fotografía del radar, lo que puede llevar a pensar que no se está aplicando en ningún caso el margen de error obligatorio, establecido en 7 km/h, tanto en radares fijos como móviles.



Según el juez, no basta con que la fotografía indique la velocidad por la que se va a emitir la sanción, sino que debe reflejar tanto la detectada como la obtenida tras aplicar el margen de error. Varios conductores se han beneficiado ya de estas sentencias, como un conductor pillado a 76 km/h en una zona limitada a 50 km/h. En primer lugar, el radar estaba marcado en el mapa de las autoridades como de tipo móvil, pero en realidad lo que había era un dispositivo fijo.

Además, el juzgado considera que la velocidad por la que se le debe sancionar queda por debajo de los 71 km/h tras ser aplicado el error. De esta manera, lo que en principio conllevaría una sanción de 300 euros y la pérdida correspondiente de puntos, se queda en tan solo 100 euros. Lo mismo ocurre con otro infractor pillado a 50 km/h en un rotonda, quien tan solo deberá pagar 200 euros de los 400 euros que indicada la sanción, además de perder dos puntos y no cuatro, como pedía la DGT.

Lo que no sabemos es si esta historia quedará en anécdota o si el resto de jueces españoles empezará a tener en cuenta los fallos de Vigo, lo que permitiría rebajar la mayoría de sanciones de velocidad, al menos hasta que las autoridades empiecen a reflejar correctamente cuál ha sido el margen de error aplicado.

Via - autopista.es

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