Según el juez, no basta con que la fotografía indique la velocidad por la que se va a emitir la sanción, sino que debe reflejar tanto la detectada como la obtenida tras aplicar el margen de error. Varios conductores se han beneficiado ya de estas sentencias, como un conductor pillado a 76 km/h en una zona limitada a 50 km/h. En primer lugar, el radar estaba marcado en el mapa de las autoridades como de tipo móvil, pero en realidad lo que había era un dispositivo fijo.
Además, el juzgado considera que la velocidad por la que se le debe sancionar queda por debajo de los 71 km/h tras ser aplicado el error. De esta manera, lo que en principio conllevaría una sanción de 300 euros y la pérdida correspondiente de puntos, se queda en tan solo 100 euros. Lo mismo ocurre con otro infractor pillado a 50 km/h en un rotonda, quien tan solo deberá pagar 200 euros de los 400 euros que indicada la sanción, además de perder dos puntos y no cuatro, como pedía la DGT.
Lo que no sabemos es si esta historia quedará en anécdota o si el resto de jueces españoles empezará a tener en cuenta los fallos de Vigo, lo que permitiría rebajar la mayoría de sanciones de velocidad, al menos hasta que las autoridades empiecen a reflejar correctamente cuál ha sido el margen de error aplicado.
Via - autopista.es
Lo que no sabemos es si esta historia quedará en anécdota o si el resto de jueces españoles empezará a tener en cuenta los fallos de Vigo, lo que permitiría rebajar la mayoría de sanciones de velocidad, al menos hasta que las autoridades empiecen a reflejar correctamente cuál ha sido el margen de error aplicado.
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