Pero, ¿pueden hacerlo? ¿Puede cada ayuntamiento decidir la cuantía de las multas a su antojo? No. La Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece tres tipos de gradaciones de las multas: leves, hasta 100 euros, graves, de 200 euros y muy graves, de 500 (en ocasiones de 1.000, como ocurre con el consumo de drogas y con el de alcohol en algunos casos).
Y es la propia Ley de Tráfico y Seguridad Vial la que establece claramente qué multas son consideradas graves y muy graves. Están especificadas y los ayuntamientos no deben ir en contra de la Ley, jurídicamente de rango superior. Tal y como nos comenta Mario Arnaldo,de Automovilistas Europeos Asociados, “los ayuntamientos solo tienen discrecionalidad en la cuantía de las infracciones leves, que la ley marca hasta 100 euros”.
¿Y qué dice la Ley de Tráfico sobre cruzar fuera de pasos de peatones o de manera incorrecta? El texto califica como grave y castiga con multa de 200 euros “no respetar laluz roja de un semáforo”, o “no respetar las señales y órdenes de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico”. Es considerada infracción grave también “incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso (…) y “en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación”. Estas normas son aplicables tanto para conductores como para peatones.
La mayoría de ordenanzas municipales califican como leve cruzar por el sitio incorrecto, y lo castigan con multas de menos de 100 euros, cuantía que varía en función de cada consistorio. Ahora bien, la única multa que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial contemplapara los peatones por una cuantía de 1.000 euros es la de negarse a someterse a la prueba de alcoholemia habiéndose visto implicado en un accidente.
Via - autopista.es
¿Y qué dice la Ley de Tráfico sobre cruzar fuera de pasos de peatones o de manera incorrecta? El texto califica como grave y castiga con multa de 200 euros “no respetar laluz roja de un semáforo”, o “no respetar las señales y órdenes de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico”. Es considerada infracción grave también “incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso (…) y “en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación”. Estas normas son aplicables tanto para conductores como para peatones.
La mayoría de ordenanzas municipales califican como leve cruzar por el sitio incorrecto, y lo castigan con multas de menos de 100 euros, cuantía que varía en función de cada consistorio. Ahora bien, la única multa que la Ley de Tráfico y Seguridad Vial contemplapara los peatones por una cuantía de 1.000 euros es la de negarse a someterse a la prueba de alcoholemia habiéndose visto implicado en un accidente.
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